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Archivo de Actualizaciones de Casos Civiles para Profesionales del Derecho Penal (marzo de 2018)

The Cops Beat the Crap Out of Me
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“Los policías me golpearon brutalmente” y la exclusión de demandas civiles por declaraciones de culpabilidad en lo penal

Byrd contra Phoenix Police Dep’t, No. 16-16152, 2018 U.S. App. LEXIS 6575 (9th Cir., 16 de marzo de 2018).

Este caso enseña dos cosas: 1) declararse culpable de un crimen de drogas no excluye una demanda civil por uso excesivo de la fuerza; y 2) alegar que “los policías me golpearon brutalmente” establece una causa de acción válida.

Primero, la parte divertida. El demandante Byrd apeló la desestimación de su demanda según § 1983. Alegó que la policía lo detuvo, registró y luego “lo golpearon brutalmente”. Id. en *3. El tribunal de distrito desestimó la demanda, argumentando que este lenguaje era “demasiado vago y concluyente” para respaldar una reclamación. El Noveno Circuito revocó, sosteniendo que este “uso de una frase coloquial y abreviada deja en claro que Byrd está alegando que el uso de la fuerza por parte de los oficiales fue irrazonablemente excesivo.” Observó que “esta conclusión se refuerza con sus alegaciones sobre las lesiones resultantes.” Id. en *8. Conclusión: “los policías me golpearon brutalmente” es una descripción legal perfectamente apropiada para fuerza excesiva.

Pero quizás aún más importante para nosotros, los abogados penales, la opinión también abordó el alcance en el cual las reivindicaciones civiles sobreviven a declaraciones de culpabilidad penal, conocido como la doctrina Heck. Ver Heck contra Humphrey, 512 U.S. 477 (1994). Heck sostuvo que las demandas civiles según § 1983 están excluidas por una condena penal anterior si “un fallo a favor del demandante implicaría necesariamente la invalidez de su condena o sentencia.” 512 U.S. at 487. Pero aquí, debido a que la demanda por uso excesivo de la fuerza no invalidaría su declaración de culpabilidad por posesión de drogas, la Corte sostuvo que las reivindicaciones no estaban excluidas por Heck. Distinguió casos donde las condenas, a menudo por delitos de posesión, fueron cuestionadas como fruto de un registro ilegal. *12-13. El punto para los abogados penales es que los clientes que estén interesados en demandar aún pueden tener su día en la corte civil, dependiendo de cómo se resuelva el caso penal.

La policía apuntar con un arma a un sospechoso desarmado y cumplimiento es un uso excesivo de la fuerza según la Cuarta Enmienda

Thompson contra Rahr, No. 16-35301, 2018 U.S. App. LEXIS 6191 (9th Cir. 13 de marzo de 2018)

El demandante alegó que durante una parada de tráfico, un oficial le apuntó con un arma a la cabeza y lo amenazó con matarlo. El demandante cumplió y estaba desarmado, aunque se había descubierto un arma en el coche anteriormente. El Noveno Circuito sostuvo que según § 1983, “apuntar con un arma cargada a la cabeza del sospechoso en estas circunstancias constituye uso excesivo de la fuerza bajo la Cuarta Enmienda”, pero sostuvo que la inmunidad calificada protegía a los oficiales, ya que “[esta] ley no estaba claramente establecida en el momento de la parada de tráfico.” La Corte distinguió casos previos sosteniendo que apuntar un arma a sospechosos desarmados constituía uso excesivo de la fuerza (Robinson contra Condado de Solano, 278 F.3d 1007 (9th Cir. 2002) (en banc), y Hopkins contra Bonvicino, 573 F.3d 752 (9th Cir. 2009)) porque “ninguno de esos casos involucró una parada de tráfico por un delito mayor con un arma en proximidad, ni presentaron hechos suficientemente similares al patrón que abordamos aquí como para poner la cuestión constitucional fuera de debate como se requiere para derrotar la inmunidad calificada.” Id. *13 (énfasis en el original). El hecho es que apuntar con armas cargadas a sospechosos cumplidos es uso excesivo de la fuerza bajo la Cuarta Enmienda.

Acción inconstitucional de CPS y “engaño judicial”

Keates contra Koile, No.16-16568 (9th Cir., 6 de marzo de 2018)

Otro caso sobre la remoción de niños del hogar sin una orden judicial o emergencia. Incluyo estos casos porque, tristemente, es un tema que puede afectar a muchos de nuestros clientes, y por la discusión del “engaño judicial” descrita a continuación.

La Corte afirmó que “[n]uestros casos sostienen que las Enmiendas Decimocuarta, Primera y Cuarta garantizan que los padres no serán separados de sus hijos sin el debido proceso legal, excepto en emergencias.” Id. en 14. Un funcionario “no puede apoderarse de niños sospechosos de ser abusados o descuidados a menos que se haya buscado primero avenidas razonables de investigación.” Id. en 15. Aquí, el CPS había retirado a una adolescente de su madre en el hospital, después de que la niña hubiera reportado vagos pensamientos de suicidio en el pasado y la madre fue algo poco cooperativa en el hospital. Debido a que no había amenaza de daño inminente, ni investigación razonable, ni orden judicial, los demandantes presentaron una reclamación por violación de sus derechos constitucionales.

La opinión también contiene una discusión útil de la doctrina del “engaño judicial.” Para prevalecer en una reclamación de engaño judicial, el demandante debe probar que “(1) el funcionario demandado fabricó deliberadamente pruebas y (2) la fabricación deliberada causó la privación de libertad del demandante.” Spencer contra Peters, 857 F.3d 789, 798 (9th Cir. 2017). Si un funcionario estatal “presentó una declaración jurada que contenía afirmaciones que sabía que eran falsas o que habría sabido que eran falsas si no hubiera desconsiderado imprudentemente la verdad, . . . no se puede decir que haya actuado de manera razonable, y se pierde el escudo de inmunidad calificada.” Chism contra Washington State, 661 F.3d 380, 393 (9th Cir. 2011). Aunque el demandante no prevaleció en esa reclamación aquí, vale la pena recordar que cuando nuestros acusados penales son víctimas de “engaño judicial,” tienen una causa de acción bajo la ley del Noveno Circuito. Un punto a considerar en esos casos cuando un afianzador excesivamente entusiasta tergiversa los hechos en una orden de arresto o registro.

El compromiso civil no puede equivaler a un castigo penal

King v. Condado de L.A.,No. 14-55320, 2018 U.S. App. LEXIS 6045, (9th Cir. Mar. 12, 2018).

El panel sostuvo que bajo § 1983, el encarcelamiento del demandante en la cárcel del condado de Los Ángeles durante casi ocho años como detenido civil constituye una demanda por violación del Debido Proceso Sustantivo. Señaló que según la ley, los acusados de internamiento civil no pueden estar sujetos a condiciones que equivalgan a castigo. Aquí, el confinamiento era prácticamente indistinguible del confinamiento preventivo penal y no era menos restrictivo de lo necesario. También sostuvo que el Sheriff podría ser demandado en su capacidad oficial pero no individualmente, porque “el expediente no estableció que el Sheriff Baca supervisara las operaciones diarias de la instalación correccional, que estuviera personalmente involucrado en alguna privación constitucional que el demandante pudiera haber sufrido, o la conexión causal necesaria para la responsabilidad en su capacidad individual.”

McKenzie Scott PC: Luchamos por el pequeño (a través de una defensa intrépida en juicios, prácticas de mociones agresivas y lealtad inquebrantable al cliente – así es como ganamos).

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